Resumen ejecutivo
Regula la Marca Colectiva: un signo que distingue los productos y servicios de las formas asociativas de la economía social. Solo puede ser titular un agrupamiento inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (Decreto 189/2004). Es el INPI, y el régimen se apoya en la Ley de Marcas de Marcas y Designaciones (aplicando algunos artículos y excluyendo otros por incompatibilidad). Exige un reglamento de uso aprobado por el Registro de Efectores, regula solicitud, oposiciones, renovación y extinción, exime de aranceles a los beneficiarios y ordena al Ministerio de Desarrollo Social brindar asistencia gratuita y programas de calidad con el INTI y el INTA. Promulgada de hecho, sin veto.Objetivo
Dotar a los emprendimientos de la economía social de una herramienta de identificación colectiva de sus productos y servicios.Problema que resuelve
Los emprendimientos de la economía social no tenían una figura marcaria propia y accesible para distinguir e identificar colectivamente sus productos, ni asistencia estatal para registrarla.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes