Resumen ejecutivo
Modifica y deroga varios artículos del Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal de la Nación (arts. 60, 439, 450, 451, 453, 454, 455, 464, 465 y el nuevo 465 bis) para oralizar el trámite de los recursos. Reemplaza el sistema escrito por audiencias orales y públicas ante la alzada, donde el recurrente expone los fundamentos, las partes intervienen, los jueces interrogan y el tribunal resuelve en la misma audiencia (con posibilidad de fundar por escrito en pocos días). Ordena grabar el audio de todas las audiencias y entregar copia a las partes, crea oficinas judiciales de apoyo y fija vigencia a los 90 días, aplicable a causas en trámite.Objetivo
Oralizar y transparentar el trámite de los recursos penales mediante audiencias públicas.Problema que resuelve
El trámite escrito de los recursos era lento y poco transparente, sin contacto directo entre las partes y los jueces que debían decidir.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes