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Ley 26.375

VigenteNacional

Creación de la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia y del Fondo de Recompensas

Sanción:21 de mayo de 2008BO:30 de mayo de 2008Ver fuente oficial
11artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Tras la reapertura de los juicios por delitos de lesa humanidad, numerosos imputados con orden de captura permanecían prófugos. La ley creó la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, en la órbita del Ministerio de Justicia, para reunir información y coordinar con los fiscales la captura de esas personas, y un Fondo de Recompensas (inicialmente dotado con 5 millones de pesos para el fondo y 2 millones para la unidad) para pagar compensaciones a quienes aporten datos determinantes. La identidad de quien aporta la información se mantiene en secreto.

Objetivo

Facilitar la captura de prófugos buscados por la justicia en causas por delitos de lesa humanidad mediante una unidad especializada y un sistema de recompensas.

Problema que resuelve

La búsqueda de prófugos por delitos de lesa humanidad estaba dispersa y carecía de una estructura y de incentivos formales para obtener información de la sociedad.

A quiénes alcanza

personas con información sobre prófugosMinisterio de Justiciafiscalesfuerzas de seguridadvíctimas de delitos de lesa humanidad
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La (Ministerio de Justicia) debe ofrecer las recompensas por resolución fundada y mantener en secreto la identidad de quien aporta la información, incluso frente a los agentes que ejecutan la captura.
  • El pago de la recompensa debe documentarse mediante acta notarial de la Escribanía General del Gobierno de la Nación, preservando la reserva de identidad.
  • El Poder Ejecutivo debe incluir anualmente en el presupuesto la partida para el Fondo de Recompensas.

Derechos que reconoce

  • Quien aporte datos determinantes para ubicar y capturar a una persona buscada por la justicia en causas por delitos de lesa humanidad tiene derecho a percibir una recompensa y a que su identidad se mantenga en secreto.

Casos de uso

  • Una persona aporta a la Unidad un dato que resulta determinante para localizar a un prófugo con orden de captura por delitos de lesa humanidad y percibe la recompensa ofrecida, manteniéndose su identidad en reserva.

Preguntas frecuentes

Creó la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, en el ámbito del Ministerio de Justicia, y un Fondo de Recompensas para compensar a quienes aporten datos determinantes para capturar a prófugos con orden judicial en causas por delitos de lesa humanidad.