Resumen ejecutivo
La ley da marco general a los Convenios de Corresponsabilidad Gremial, una herramienta pensada sobre todo para actividades rurales y estacionales con alta informalidad. En lugar de que cada empleador liquide y pague mes a mes los aportes y contribuciones de la seguridad social, el con personería y la entidad empresaria representativa acuerdan una «tarifa sustitutiva» que se retiene en un momento clave de la cadena —por ejemplo, cuando se vende la cosecha o la producción— a través de agentes de retención designados. Con eso el trabajador queda registrado y considerado aportante regular a todos los subsistemas (obras sociales, salud, jubilaciones —al régimen público de reparto—, riesgos del trabajo y asignaciones familiares), y accede al pago directo de asignaciones familiares. La ley fija el trámite de aprobación de los convenios (elevados a la Secretaría de Seguridad Social), la , el control por la AFIP, las obligaciones de empleadores, trabajadores y agentes de retención, las reglas de simultaneidad de actividades y las facultades reglamentarias. Además modifica la Ley de Ministerios (Ley 22.520) y deroga el régimen anterior de la Ley 20.155, cuyos convenios siguen vigentes hasta ser denunciados.Objetivo
Establecer el régimen general de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial que sustituyen los aportes y contribuciones de la seguridad social por una tarifa recaudada en un punto estratégico de la actividad.Problema que resuelve
La recaudación de aportes de la seguridad social en actividades rurales y estacionales era ineficiente y favorecía la informalidad; el régimen anterior (Ley 20.155) había quedado desactualizado.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes