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Ley 26.388

VigenteNacional

Ley 26.388 - Delitos Informáticos

Sanción:4 de junio de 2008Promulgación:24 de junio de 2008BO:25 de junio de 2008Ver fuente oficial
15artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Sancionada en 2008, esta ley no es un cuerpo autónomo: modifica e incorpora artículos del Código Penal de la Nación Argentina para tipificar como delitos las conductas cometidas a través de medios informáticos. Equipara el documento digital al documento escrito, castiga el acceso no autorizado a sistemas (hacking), el daño a datos y programas (virus), el fraude informático, la intercepción de comunicaciones electrónicas y la afectación de bancos de datos personales.

Objetivo

Actualizar el Código Penal de la Nación Argentina argentino para que las conductas dañinas cometidas por medios informáticos tengan una figura penal clara, cerrando el vacío legal que existía antes de 2008.

Problema que resuelve

Antes de esta ley, muchas conductas digitales (acceder a un sistema ajeno, propagar un virus, interceptar un correo electrónico, defraudar mediante manipulación informática) no encajaban en ningún tipo penal y quedaban impunes.

A quiénes alcanza

usuarios de internetempresasadministradores de sistemasvíctimas de ciberdelitosprofesionales informáticosabogados penalistas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • No acceder a sistemas o datos informáticos de acceso restringido sin autorización (Art. 153 bis — Código Penal de la Nación Argentina).
  • No alterar, destruir ni inutilizar datos, documentos, programas o sistemas informáticos ajenos (art. 183).
  • No interceptar ni captar comunicaciones electrónicas ajenas (art. 153).
  • No defraudar mediante manipulación informática (art. 173, inc. 16).

Derechos que reconoce

  • Que la apertura, intercepción o publicación indebida de tus comunicaciones electrónicas sea un .
  • Que el acceso no autorizado a tus datos personales esté penado.
  • Que la firma digital y el documento electrónico tengan el mismo valor penal que el papel.

Casos de uso

  • Denunciar penalmente a quien accedió sin permiso a tu cuenta, sistema o casilla de correo.
  • Encuadrar un caso de virus o borrado malicioso de datos como daño informático.
  • Fundamentar una denuncia por fraude cometido mediante manipulación informática.

Preguntas frecuentes

No. Es una ley modificatoria: incorpora y sustituye artículos del Código Penal de la Nación Argentina. Por eso sus efectos se leen dentro del Código Penal de la Nación Argentina (arts. 77, 128, 153, 153 bis, 155, 157, 157 bis, 173, 183, 184, 197 y 255).