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Ley 26.391

VigenteNacional

Protocolo de cooperación agrícola y ganadera entre Argentina y Angola

Sanción:11 de junio de 2008BO:11 de julio de 2008Ver fuente oficial
2artículos
cooperación agropecuariaAngolaagriculturaganadería
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El protocolo crea un marco de cooperación entre Argentina y Angola en agricultura y ganadería: intercambio de conocimientos técnicos y científicos, capacitación, transferencia de tecnología y promoción de proyectos conjuntos en producción agrícola y pecuaria. Aprovecha la experiencia agroexportadora argentina para apoyar el desarrollo del sector en Angola. Es un acuerdo marco entre Estados: fija áreas y mecanismos de cooperación, sin crear obligaciones directas para los particulares.

Objetivo

Aprobar el protocolo de cooperación agrícola y ganadera con Angola.

Problema que resuelve

No existía un marco bilateral que ordenara la cooperación técnica argentino-angoleña en el sector agropecuario.

A quiénes alcanza

organismos agropecuariosproductores y técnicos del agroEstados de Argentina y Angola
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Compromete a ambos Estados a promover el intercambio técnico, la capacitación y los proyectos conjuntos en agricultura y ganadería.

Derechos que reconoce

  • El Estado argentino queda habilitado a desarrollar y exigir cooperación agropecuaria recíproca con Angola en el marco del protocolo.

Casos de uso

  • Instituto técnico agropecuario que organiza una capacitación para profesionales angoleños.
  • Empresa de tecnología agrícola que busca el marco bilateral para un proyecto en Angola.

Preguntas frecuentes

El Protocolo de Cooperación entre Argentina y Angola en agricultura y ganadería, firmado en Buenos Aires el 5 de mayo de 2005 (art. 1).