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Ley 26.411

VigenteNacional

Transferencia a la Ciudad de Buenos Aires de un inmueble en Av. Córdoba para un instituto de educación superior

Sanción:27 de agosto de 2008BO:17 de septiembre de 2008Ver fuente oficial
4artículos
transferencia de inmuebleseducación superiorpatrimonio del Estado
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso dispuso el traspaso a título gratuito del de un inmueble nacional de la calle Avenida Córdoba 2008/12/16 (CABA) al Gobierno de la Ciudad. El traspaso está condicionado a un cargo: el edificio debe destinarse al funcionamiento del Instituto de Educación Superior Nº 01 D.E. 01 “Dra. Alicia Moreau de Justo”. Los gastos de la operación los asume la Ciudad. Al ser una con cargo, si el destino educativo no se cumple la transferencia puede revocarse.

Objetivo

Traspasar a la Ciudad de Buenos Aires un inmueble nacional para el funcionamiento de un instituto de formación docente.

Problema que resuelve

El inmueble era del Estado nacional pese a estar afectado a un instituto educativo de la Ciudad; la ley regulariza la titularidad a favor de quien lo usa.

A quiénes alcanza

Ciudad Autónoma de Buenos AiresMinisterio de Educación de la Ciudadcomunidad educativa del Instituto Alicia Moreau de Justo
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Ciudad de Buenos Aires debe destinar el inmueble al funcionamiento del Instituto de Educación Superior Nº 01 “Dra. Alicia Moreau de Justo” (cargo del art. 2).
  • Los gastos de la transferencia corren por cuenta de la Ciudad (art. 3).

Derechos que reconoce

  • La Ciudad de Buenos Aires recibe en propiedad, a título gratuito, el inmueble de Avenida Córdoba 2008/12/16 (art. 1).

Casos de uso

  • Regularizar la titularidad del edificio donde funciona un instituto de formación docente de la Ciudad.

Preguntas frecuentes

El de un inmueble del Estado nacional en Avenida Córdoba 2008/12/16 (CABA), que pasa gratuitamente a la Ciudad de Buenos Aires (art. 1).