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Ley 26.423

VigenteNacional

Acuerdo con la Corporación Andina de Fomento (CAF) para la suscripción de acciones de capital ordinario

Sanción:6 de noviembre de 2008BO:19 de noviembre de 2008Ver fuente oficial
4artículos
CAFbanca de desarrollocapital ordinariofinanciamiento internacionalinfraestructura
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La CAF (hoy banco de desarrollo de América Latina) financia obras de infraestructura y proyectos de desarrollo en la región. Por esta ley, la Argentina refuerza su participación como país miembro suscribiendo acciones de capital ordinario por 542,9 millones de dólares, a pagar en cinco cuotas anuales. La ley designa al Ministerio de Economía y al Banco Central como ejecutores del aporte y exige prever la erogación en los presupuestos anuales. A diferencia de una simple aprobación de tratado, esta ley compromete fondos públicos concretos.

Objetivo

Autorizar y financiar la suscripción de acciones de capital ordinario de la Argentina en la Corporación Andina de Fomento por U$S 542.995.200.

Problema que resuelve

Para acceder a más financiamiento de la CAF y mantener su peso como miembro, la Argentina necesitaba ampliar su participación en el capital del organismo, lo que requiere aprobación legislativa por comprometer recursos.

A quiénes alcanza

Estado nacionalBanco Centralorganismos multilateralessector de infraestructura
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Argentina debe pagar a la CAF U$S 542.995.200 en cinco cuotas anuales y consecutivas, la primera dentro de los 60 días de entrada en vigor del acuerdo.
  • El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Hacienda, debe instruir al Banco Central para ejecutar los pagos como agente del país.
  • La Secretaría de Hacienda debe prever la erogación en la Ley de Presupuesto de los ejercicios pertinentes.

Derechos que reconoce

  • Que la Argentina refuerce su participación como país miembro de la CAF y su acceso al financiamiento del organismo.

Casos de uso

  • El Banco Central paga en nombre del país las cuotas anuales de suscripción de acciones de la CAF.
  • La Secretaría de Hacienda incluye en el presupuesto anual la partida para afrontar la cuota de aporte a la CAF.

Preguntas frecuentes

Aprueba el acuerdo con la Corporación Andina de Fomento (CAF) para suscribir acciones de capital ordinario por U$S 542.995.200, pagaderos en cinco cuotas anuales.