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Ley 26.435

VigenteNacional

Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Argentina y Sudáfrica

Sanción:3 de diciembre de 2008BO:8 de enero de 2009Ver fuente oficial
2artículos
cooperación científicacooperación tecnológicaintercambio de investigadoresI+D
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso aprobó el acuerdo bilateral de cooperación en ciencia y tecnología con Sudáfrica. El marco habilita proyectos de investigación conjuntos, intercambio de científicos y de información técnica, y acceso recíproco a instalaciones y programas de I+D. Es un instrumento habilitante: sobre su base, los organismos científicos de ambos países pueden acordar actividades concretas.

Objetivo

Establecer un marco de cooperación científica y tecnológica entre la Argentina y Sudáfrica.

Problema que resuelve

La cooperación científica con Sudáfrica carecía de un marco bilateral formal que ordenara los proyectos conjuntos y el intercambio de investigadores.

A quiénes alcanza

investigadoresuniversidadesorganismos de ciencia y tecnologíacentros de I+D
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Ambos Estados deben promover la cooperación científica y tecnológica conforme al acuerdo: proyectos conjuntos, intercambio de investigadores e información y uso compartido de infraestructura.

Derechos que reconoce

  • Que investigadores e instituciones de ambos países accedan a un marco formal de cooperación en ciencia y tecnología.
  • Que el Estado argentino quede obligado internacionalmente por el acuerdo con Sudáfrica.

Casos de uso

  • Un grupo de investigación argentino formaliza un proyecto conjunto con una universidad sudafricana bajo el acuerdo.
  • Un organismo de ciencia gestiona el intercambio de investigadores con contraparte sudafricana.

Preguntas frecuentes

Aprueba el acuerdo de cooperación científica y tecnológica con Sudáfrica firmado en Pretoria en 2006, un marco para proyectos conjuntos, intercambio de investigadores e información y uso compartido de infraestructura científica.