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Ley 26.441

VigenteNacional

Protocolo Adicional a la Convención de Extradición con Italia

Sanción:3 de diciembre de 2008BO:8 de enero de 2009Ver fuente oficial
2artículos
extradicióncooperación penal internacionalItaliatratados
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Incorpora al derecho argentino el Protocolo Adicional a la Convención de Extradición entre la Argentina e Italia del 9 de diciembre de 1987 (firmado en Roma el 31 de marzo de 2003, 2 artículos). La extradición es el procedimiento por el cual un Estado entrega a una persona reclamada por otro para juzgarla o hacerle cumplir una condena; el protocolo actualiza puntos del tratado bilateral vigente entre ambos países.

Objetivo

Actualizar el régimen de extradición pactado con Italia en 1987.

Problema que resuelve

El tratado de extradición de 1987 requería ajustes acordados por ambos Estados.

A quiénes alcanza

personas reclamadas por la justiciajueces y fiscalesabogados penalistas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Cada Estado debe tramitar los pedidos de extradición conforme a la convención de 1987 y su protocolo adicional.

Derechos que reconoce

  • La persona reclamada conserva las garantías que la convención y su protocolo prevén frente a un pedido de extradición.

Casos de uso

  • La justicia italiana reclama a una persona que se encuentra en la Argentina para juzgarla.
  • La justicia argentina pide la entrega de un condenado prófugo en Italia.

Preguntas frecuentes

Es el procedimiento por el cual un Estado entrega a otro a una persona reclamada para ser juzgada o para cumplir una condena.