Ley 26.470

Artículo 1Transferencia de la fracción Suroeste a la Municipalidad Capital de La Rioja

Texto oficial

Transfiérese a título gratuito a la Municipalidad del Departamento Capital de la provincia de La Rioja, la fracción Suroeste del inmueble propiedad del Estado nacional designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 82, Parcela a, Padrón Nº 1-21696; inscripto en el Registro General de la Propiedad del Inmueble bajo el Nº 1109, Fº 2675/6, Año 1976 y cuya superficie total es de 645.665 m2. La fracción Suroeste que se transfiere está ubicada en la intersección de la calle Santa Rosa y la calle Carlos Gardel; extendiéndose 440 metros sobre la calle Santa Rosa, 141 metros, 40 decímetros sobre la calle Carlos Gardel, 440 metros sobre el lado Este y 140 metros sobre el lado Norte, siendo estos dos últimos lados linderos con el resto del inmueble.

Qué significa en la práctica

El Estado nacional cede gratuitamente a la Municipalidad del Departamento Capital de La Rioja la fracción Suroeste del mismo inmueble del Padrón Nº 1-21696 (Circunscripción I, Sección E, Manzana 82, Parcela a; Nº 1109, Fº 2675/6, año 1976; superficie total 645.665 m2). El artículo detalla los límites y medidas de la fracción, en la intersección de las calles Santa Rosa y Carlos Gardel. Es la fracción complementaria de la que la Ley 26.431 transfirió para el Club Racing.

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