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Ley 26.489

VigenteNacional

Convenio Internacional del Azúcar de 1992

Sanción:11 de marzo de 2009BO:16 de abril de 2009Ver fuente oficial
2artículos
azúcarOrganización Internacional del Azúcarcomercio de commoditiesestadísticacooperación
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Incorpora al derecho argentino el Convenio Internacional del Azúcar de 1992 (Ginebra, 20 de marzo de 1992; 46 artículos y un anexo). El convenio sostiene a la Organización Internacional del Azúcar, un foro intergubernamental de países productores y consumidores dedicado a reunir y difundir estadísticas e información del mercado mundial del azúcar, analizar su evolución y promover la cooperación y el comercio del sector. No fija cuotas de exportación ni precios: es un acuerdo esencialmente administrativo y estadístico.

Objetivo

Integrar la Argentina a la Organización Internacional del Azúcar y su cooperación estadística.

Problema que resuelve

El mercado mundial del azúcar requiere información y coordinación entre productores y consumidores; el país necesitaba un marco para participar.

A quiénes alcanza

productores e ingenios azucarerosexportadores de azúcarEstado argentino
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El país miembro debe aportar información y contribuir al funcionamiento de la Organización Internacional del Azúcar según el convenio.

Derechos que reconoce

  • La Argentina, como parte, accede a las estadísticas, estudios e información del mercado mundial del azúcar y participa de los órganos de la organización.

Casos de uso

  • Un exportador consulta las estadísticas del mercado mundial del azúcar publicadas por la organización.
  • El Estado participa de las reuniones del Consejo Internacional del Azúcar para coordinar información del sector.

Preguntas frecuentes

Sostiene a la Organización Internacional del Azúcar, un foro de países productores y consumidores para reunir estadísticas, analizar el mercado y cooperar en el sector.