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Ley 26.506

VigenteNacional

Autorización a ciudadanos argentinos para ejercer como cónsules honorarios de países extranjeros

Sanción:5 de agosto de 2009BO:2 de septiembre de 2009Ver fuente oficial
2artículos
relaciones exteriorescónsules honorariosservicio consular
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Un ciudadano argentino que quiere aceptar el cargo de cónsul honorario de un país extranjero necesita la autorización del Congreso, conforme a la Ley 23.732. Esta ley concede esa autorización a las personas incluidas en una nómina anexa (que no se publica en el articulado), a partir de las constancias enviadas por la Cancillería. Es un acto de trámite típico: el Congreso aprueba periódicamente estos listados.

Objetivo

Autorizar a los ciudadanos argentinos de la nómina anexa a desempeñar funciones de cónsul honorario de países extranjeros.

Problema que resuelve

Sin la autorización del Congreso, un argentino no puede aceptar el cargo de cónsul honorario que le propone un gobierno extranjero (Ley 23.732).

A quiénes alcanza

ciudadanos argentinos designados cónsules honorariosgobiernos extranjerosMinisterio de Relaciones Exteriores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Sin la autorización del Congreso, un ciudadano argentino no puede aceptar el cargo de cónsul honorario que le propone un gobierno extranjero (Ley 23.732).

Derechos que reconoce

  • Los ciudadanos argentinos incluidos en la nómina anexa quedan autorizados a desempeñarse como cónsules honorarios de países extranjeros.

Casos de uso

  • Verificar si una persona fue autorizada por el Congreso a ejercer como cónsul honorario de un país extranjero.

Preguntas frecuentes

Concede la autorización del Congreso que la Ley 23.732 exige para que un ciudadano argentino pueda aceptar el cargo de cónsul honorario de un país extranjero (art. 1).