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Ley 26.509

VigenteNacional

Emergencia y Desastre Agropecuario

Sanción:20 de agosto de 2009Promulgación:27 de agosto de 2009BO:28 de agosto de 2009Ver fuente oficial
36artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de 2009 que reemplazó el viejo régimen de la Ley 22.913. Ordena la respuesta del Estado ante sequías, inundaciones y otros desastres que afectan al agro: crea un sistema nacional de prevención y mitigación, una comisión nacional que evalúa y declara los estados de emergencia o desastre agropecuario (a pedido de la provincia afectada), y el Fondo FONEDA que financia la asistencia. Los productores declarados en emergencia acceden a beneficios financieros e impositivos (prórrogas, suspensión de ejecuciones, tratamiento especial en Ganancias). Prevé además sanciones penales y multas para quien obtenga o desvíe indebidamente los beneficios.

Objetivo

Prevenir y mitigar los efectos de las emergencias y desastres agropecuarios, y asistir a los productores afectados mediante un sistema nacional, una comisión y un fondo específicos.

Problema que resuelve

Los productores agropecuarios afectados por sequías, inundaciones o plagas necesitaban un régimen ágil de declaración de emergencia y de asistencia financiera e impositiva; la ley lo sistematiza y crea un fondo permanente.

A quiénes alcanza

productores agropecuariosprovinciasSecretaría de AgriculturaComisión Nacional de Emergencias y Desastres AgropecuariosAFIP
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La provincia afectada debe declarar previamente la emergencia o zona de desastre y solicitar su homologación ante la Comisión Nacional.
  • El productor debe estar afectado en un porcentaje de su producción o productiva para acceder a los beneficios.
  • El Ministerio () debe administrar el FONEDA y publicar en Internet la información del sistema.

Derechos que reconoce

  • Los productores en zonas declaradas en emergencia o desastre acceden a prórrogas de vencimientos, suspensión de ejecuciones y beneficios impositivos.
  • Pueden recibir asistencia financiera del FONEDA para reconstituir su productiva.
  • La información del sistema es de carácter y acceso público.

Casos de uso

  • Una provincia con sequía declara la emergencia y la Comisión Nacional homologa la zona para que sus productores accedan a los beneficios.
  • Un productor afectado obtiene prórroga de sus obligaciones impositivas y previsionales por estar en zona de desastre.
  • El FONEDA financia obras de mitigación tras una inundación.

Preguntas frecuentes

El Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios, la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios y el Fondo FONEDA, para prevenir y asistir ante desastres que afectan al agro.