Resumen ejecutivo
El Convenio de Seguridad Social entre Argentina y Chile (Buenos Aires, 26/04/1996; 28 artículos) coordina ambos sistemas previsionales: los períodos de aportes cumplidos en cada país se suman (totalización) para acceder a prestaciones de vejez, invalidez y sobrevivencia, y cada país paga la parte proporcional a lo aportado en él. Designa autoridades competentes (los ministerios de trabajo) y organismos de enlace, y fija reglas para los trabajadores desplazados temporalmente al otro país. Argentina lo aprobó por esta ley en 2009.Objetivo
Coordinar los sistemas de seguridad social de Argentina y Chile para que quien trabajó en ambos países no pierda sus aportes.Problema que resuelve
Un trabajador que aportó en Argentina y en Chile podía no reunir en ninguno de los dos los años exigidos para jubilarse, perdiendo el reconocimiento de sus aportes.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes