Resumen ejecutivo
Esta ley aprueba el Acuerdo Modificatorio (firmado en Buenos Aires el 25/09/2008; 2 artículos) del Convenio de Seguridad Social Argentina-Chile de 1996. Modifica el artículo 7, párrafo 2, del convenio: el trabajador que hace tareas profesionales, de investigación, científicas, técnicas o de dirección y es enviado por su empresa a desempeñarse en el otro país sigue rigiéndose por la legislación de su país de origen hasta por 24 meses (prorrogables con conformidad de la autoridad del país receptor), y extiende la misma regla a los trabajadores autónomos. La modificación entra en vigor junto con el convenio de 1996.Objetivo
Precisar las reglas de cobertura previsional de los trabajadores desplazados temporalmente entre Argentina y Chile.Problema que resuelve
El texto original del convenio de 1996 no fijaba con claridad por cuánto tiempo un trabajador desplazado seguía cubierto por su país de origen ni cubría a los autónomos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes