Ley 26.529

Artículo 11 bisExención de responsabilidad del profesional

Texto oficial

Ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones de la presente ley está sujeto a , penal, ni administrativa, derivadas del cumplimiento de la misma.

Qué significa en la práctica

Protege al médico: si actuó respetando esta ley (por ejemplo, acatando el rechazo de un tratamiento por un paciente terminal), no puede ser responsabilizado civil, penal ni administrativamente por ello.
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