Ley 26.529

Artículo 3Definición de información sanitaria

Texto oficial

A los efectos de la presente ley, entiéndase por información sanitaria aquella que, de manera clara, suficiente y adecuada a la de comprensión del paciente, informe sobre su estado de salud, los estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la previsible evolución, riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos.

Qué significa en la práctica

Define qué es la "información sanitaria": lo que el médico debe explicarle al paciente, de forma clara y entendible, sobre su salud, los estudios y tratamientos, y cómo puede evolucionar.
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