Ley 26.535

Artículo 1Aprobación del acuerdo

Texto oficial

Apruébase el ACUERDO SOBRE RESIDENCIA PARA NACIONALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL PERU, suscripto en Buenos Aires, el 15 de junio de 2007, que consta de CATORCE (14) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Aprueba el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de Argentina y Perú, firmado en Buenos Aires el 15 de junio de 2007 (14 artículos). Inspirado en el Acuerdo de Residencia del MERCOSUR, permite a los ciudadanos de cada país obtener residencia legal en el otro acreditando solo su nacionalidad: una residencia temporaria de dos años, convertible en permanente, con igualdad de derechos civiles, laborales y de acceso a la educación.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 26.535 completaLeyes