Artículo 1Día de descanso del vendedor de diarios y revistas
Texto oficial
Establécese como descanso para los trabajadores vendedores de diarios y revistas de la industria periodística, el día 7 de noviembre de cada año, en que se conmemora el día del trabajador de la actividad.
Qué significa en la práctica
Establece el 7 de noviembre de cada año —día del trabajador de la actividad— como día de descanso para los trabajadores vendedores de diarios y revistas de la industria periodística (los canillitas).