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Ley 26.545

VigenteNacional

Prórroga de impuestos nacionales (Bienes Personales, Ganancias, Monotributo y otros)

Sanción:12 de noviembre de 2009BO:2 de diciembre de 2009Ver fuente oficial
11artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley ómnibus de fin de año que evita el vencimiento de varios tributos nacionales cuya vigencia era temporal y debía renovarse por el Congreso. Prorroga hasta 2019 el Impuesto sobre los Bienes Personales, el Impuesto a las Ganancias y la Ganancia Mínima Presunta; hasta 2013 el Monotributo; hasta 2011 el impuesto al cheque; y hasta 2010 el adicional sobre cigarrillos. Además deroga una exención de Ganancias, extiende de 24 a 28 los períodos de la contribución especial de las cooperativas y mantiene el reparto del adicional a los cigarrillos.

Objetivo

Renovar la vigencia de los impuestos nacionales de vencimiento temporal y ajustar exenciones y plazos.

Problema que resuelve

Varios impuestos nacionales tienen vigencia por tiempo determinado y caducan si el Congreso no los prorroga; sin la prórroga, el Estado perdería esa recaudación.

A quiénes alcanza

contribuyentesempresascooperativasmonotributistas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los contribuyentes deben seguir tributando los impuestos prorrogados según sus plazos de vigencia extendidos.
  • Las cooperativas deben abonar la contribución especial sobre el capital durante 28 períodos fiscales (antes 24).

Derechos que reconoce

  • La ley no reconoce derechos individuales nuevos: renueva la vigencia de tributos existentes.

Casos de uso

  • Una empresa que verifica hasta cuándo rige el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
  • Un monotributista que confirma que el régimen simplificado sigue vigente después de 2009.

Preguntas frecuentes

Prorroga Bienes Personales, Ganancias y Ganancia Mínima Presunta hasta 2019; el Monotributo hasta 2013; el impuesto al cheque (Impuesto al Cheque) hasta 2011; y el adicional sobre cigarrillos hasta 2010.