Resumen ejecutivo
La Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático (París, 2/11/2001; 35 artículos y un anexo) protege todo rastro de existencia humana de carácter cultural, histórico o arqueológico que haya estado bajo el agua durante al menos 100 años (naufragios, ruinas, objetos). Establece la preservación in situ como primera opción, prohíbe la explotación comercial y el comercio de esos bienes, promueve la cooperación entre Estados, exige sancionar el saqueo y fija Normas técnicas (Anexo) para las intervenciones. Argentina la aprobó por esta ley en 2009.Objetivo
Proteger el patrimonio cultural sumergido de la explotación comercial y el saqueo, priorizando su preservación en el lugar.Problema que resuelve
Los pecios y sitios arqueológicos bajo el agua eran saqueados por cazatesoros y explotados comercialmente, sin un marco internacional que los protegiera.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes