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Ley 26.566

VigenteNacional

Extensión de vida de la Central Nuclear Embalse y cuarta central nuclear

Sanción:25 de noviembre de 2009BO:24 de diciembre de 2009Ver fuente oficial
20artículos
energía nuclearCentral Nuclear EmbalseNASACAREMfideicomisosexpropiación
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley que declara de interés nacional la extensión de la vida útil de la Central Nuclear Embalse y la construcción de una cuarta central nuclear, encomendando ambas obras a Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA). Establece un amplio régimen de promoción: exenciones de tributos a la importación (salvo IVA, con devolución anticipada), exención impositiva de los fideicomisos, régimen fiscal especial para el personal extranjero, creación de fideicomisos de financiamiento, declaración de utilidad pública y de inmuebles, aplicación del derecho privado a los actos de NASA y control de la SIGEN. Extiende los beneficios a Atucha I y II y encomienda a la CNEA el reactor CAREM.

Objetivo

Dar marco legal y beneficios para extender la vida de Embalse, construir una cuarta central nuclear y desarrollar el reactor CAREM.

Problema que resuelve

El plan nuclear argentino necesitaba una base legal con beneficios fiscales, financiamiento por fideicomisos y facultades de para concretar obras nucleares de gran escala.

A quiénes alcanza

Nucleoeléctrica Argentina S.A.Comisión Nacional de Energía Atómicaproveedores del sector nuclearpropietarios de inmuebles a expropiar
Análisis jurídico

Obligaciones

  • NASA debe mantener su titularidad accionaria en manos del Estado nacional para conservar los beneficios fiscales.
  • Los proyectos quedan sujetos al control de la Sindicatura General de la Nación (Administración Financiera) y el Poder Ejecutivo debe informar el avance físico y financiero.
  • El Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley dentro de los noventa días de su promulgación.

Derechos que reconoce

  • NASA y los fideicomisos creados gozan de exenciones impositivas para ejecutar las obras nucleares.
  • El Estado queda autorizado a expropiar los inmuebles necesarios para la cuarta central, con según el régimen de expropiaciones.

Casos de uso

  • La compra o importación de equipamiento para la extensión de vida de la Central Nuclear Embalse, que queda exenta de tributos a la importación.
  • Un propietario cuyo inmueble se declara de utilidad pública para la construcción de la nueva central nuclear.

Preguntas frecuentes

La extensión de la vida útil de la Central Nuclear Embalse y la construcción de una cuarta central nuclear en el país, a cargo de NASA (artículo 1).