Resumen ejecutivo
Reforma el Art. 12 — Ley de Contrato de Trabajo, que consagra el principio de irrenunciabilidad. La nueva redacción declara nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en la ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al celebrarse el , durante su ejecución o al ejercerse derechos provenientes de su extinción. La reforma agregó los contratos individuales entre las fuentes protegidas y extendió expresamente la garantía al momento de la extinción del vínculo.Objetivo
Ampliar la protección contra la renuncia de derechos laborales.Problema que resuelve
La redacción anterior del artículo 12 dejaba dudas sobre si la irrenunciabilidad alcanzaba a los derechos de los contratos individuales y a los que se ejercen al extinguirse la relación.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes