Ley 26.577

Artículo 2Formación del patrimonio: cesión de bienes

Texto oficial

El Poder Ejecutivo queda facultado para gestionar y aceptar del gobierno de la provincia de Buenos Aires, de la Municipalidad de José C. Paz y de entes públicos y privados, la cesión de bienes muebles e inmuebles que constituirán el patrimonio de la Universidad Nacional de José C. Paz.

Qué significa en la práctica

Faculta al Poder Ejecutivo a gestionar y aceptar la cesión de bienes muebles e inmuebles de la provincia de Buenos Aires, de la Municipalidad de José C. Paz y de entes públicos y privados, que constituirán el patrimonio de la universidad.

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