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Ley 26.594

VigenteNacional

Acuerdo de cooperación económica con Grecia

Sanción:12 de mayo de 2010BO:7 de junio de 2010Ver fuente oficial
2artículos
cooperación económicacomercio bilateralGreciainversiones
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Esta ley aprueba el Acuerdo sobre Cooperación Económica entre Argentina y la República Helénica (Grecia), firmado en Buenos Aires el 13/05/2008 (8 artículos). Es un tratado marco para fomentar la cooperación económica, industrial, tecnológica y comercial bilateral y para promover el comercio y las inversiones entre ambos países. No crea obligaciones directas para las personas: su efecto es institucional, comprometiendo a ambos Estados a impulsar la cooperación económica. El anexo no se publica en el Boletín Oficial.

Objetivo

Crear un marco general para promover la cooperación económica, comercial y tecnológica entre Argentina y Grecia.

Problema que resuelve

Faltaba un instrumento marco que ordenara e impulsara las relaciones económicas y comerciales bilaterales entre Argentina y Grecia.

A quiénes alcanza

empresas con interés comercial en Greciaorganismos de promoción del comerciosectores exportadores e importadores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las Partes se comprometen a promover y facilitar el desarrollo de la cooperación económica, comercial y tecnológica entre ambos países.

Derechos que reconoce

  • Que el Estado argentino quede obligado internacionalmente a promover la cooperación económica con Grecia, generando un marco favorable para el comercio y las inversiones bilaterales.

Casos de uso

  • Una empresa argentina que busca exportar a Grecia o asociarse con una empresa griega se beneficia del marco de cooperación económica bilateral.

Preguntas frecuentes

Un tratado marco de cooperación económica entre Argentina y la República Helénica (Grecia) para promover el comercio, las inversiones y la cooperación económica y tecnológica bilateral.