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Ley 26.605

VigenteNacional

Eliminación del depósito de garantía para reconectar el gas a usuarios residenciales en mora

Sanción:23 de junio de 2010BO:21 de julio de 2010Ver fuente oficial
2artículos
gas naturalservicios públicosusuarios
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El reglamento de servicio del gas (Decreto 2255/92, que reglamenta la Marco Regulatorio del Gas del Marco Regulatorio del Gas Natural) permitía a las distribuidoras exigir un depósito de garantía al usuario residencial al que le habían cortado el gas por falta de pago y que, tras ponerse al día, solicitaba la reconexión. Esta ley suprime esa facultad: quien regulariza su deuda ya no puede ser obligado a dejar un depósito para recuperar el servicio.

Objetivo

Proteger al usuario residencial de gas eliminando el depósito de garantía como condición para reconectar el servicio tras un corte por .

Problema que resuelve

El usuario que se ponía al día con su deuda de gas todavía debía inmovilizar dinero en un depósito de garantía para que le repusieran el servicio.

A quiénes alcanza

usuarios residenciales del servicio de gasdistribuidoras de gas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La distribuidora de gas no puede exigir un depósito de garantía al usuario residencial que, tras un corte por , regulariza la deuda y solicita la reconexión.

Derechos que reconoce

  • El usuario residencial de gas tiene derecho a que se le reconecte el servicio, una vez pagada la deuda, sin que se le exija un depósito de garantía.

Casos de uso

  • A un usuario le cortaron el gas por falta de pago; abona la deuda y pide la reconexión, y la distribuidora debe reponer el servicio sin cobrarle un depósito.

Preguntas frecuentes

No. La Ley 26.605 eliminó esa facultad que tenía por el reglamento del Decreto 2255/92: si sos usuario residencial y regularizaste tu deuda, la reconexión no puede condicionarse a un depósito de garantía.