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Ley 26.623

VigenteNacional

Canje de notas sobre el convenio con Chile para evitar la doble tributación

Sanción:11 de agosto de 2010BO:7 de septiembre de 2010Ver fuente oficial
2artículos
doble imposiciónimpuesto a las gananciasconvenio tributarioChilerenta
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Por esta ley el Congreso aprobó el Acuerdo por Canje de Notas que hace retroactiva la fecha de aplicación del Protocolo modificatorio del Convenio entre la Argentina y Chile para evitar la doble tributación en materia de impuesto a la renta, ganancias o beneficios y sobre el capital y el patrimonio, suscripto en Buenos Aires el 10 de octubre de 2003. El convenio de doble imposición con Chile evita que una misma renta o patrimonio pague impuestos dos veces, en Chile y en la Argentina; este canje de notas fija que la modificación introducida por el Protocolo rija desde una fecha anterior. El texto integra la ley como anexo.

Objetivo

Fijar la fecha de aplicación retroactiva del Protocolo modificatorio del convenio de doble tributación con Chile.

Problema que resuelve

Existía una diferencia sobre desde cuándo debía aplicarse la modificación del convenio de doble imposición con Chile, lo que generaba incertidumbre a los contribuyentes con rentas en ambos países.

A quiénes alcanza

contribuyentes con rentas en el exteriorempresasAFIPasesores impositivos
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El canje de notas fija que la modificación del Protocolo al convenio de doble tributación con Chile se aplique desde una fecha retroactiva determinada.

Derechos que reconoce

  • Derecho del contribuyente con rentas en ambos países a no pagar dos veces el mismo impuesto y a tener certeza sobre la vigencia de la modificación.

Casos de uso

  • Una empresa con actividad en la Argentina y Chile aplica el convenio para no tributar dos veces la misma renta.
  • Un contribuyente determina desde qué fecha rige la modificación del convenio para liquidar su impuesto.

Preguntas frecuentes

El acuerdo por canje de notas que hace retroactiva la fecha de aplicación del Protocolo modificatorio del convenio con Chile para evitar la doble tributación sobre la renta y el patrimonio (artículo 1).