Resumen ejecutivo
La Ley 26.660 crea, dentro de los regimenes de haberes de dos fuerzas de seguridad, un suplemento por titulo. En Gendarmeria Nacional lo incorpora como inciso g) del articulo 77 de su ley organica (19.349) y deroga el inciso b) del articulo 78; en Prefectura Naval Argentina lo incorpora como articulo 55 de su ley general (18.398). El suplemento se paga a todo el personal con estado militar o policial, con montos escalonados: 25% del por titulos de cinco o mas anos, 15% por titulos de cuatro anos y 10% por titulos de uno a tres anos. Ademas deroga los decretos 2254/2002 y 11/2005.Objetivo
Reconocer y uniformar el suplemento remuneratorio por titulo del personal de Gendarmeria y Prefectura.Problema que resuelve
El pago por titulo del personal de estas fuerzas estaba regulado por decretos y de manera dispar; faltaba un reconocimiento legal y uniforme del suplemento.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes