Ley 26.665

Artículo 1Día Nacional del Folklorista

Texto oficial

Institúyase la fecha 29 de mayo como el "Día Nacional del Folklorista", en memoria del natalicio de Don Andrés Chazarreta.

Qué significa en la práctica

Instituye el 29 de mayo como "Día Nacional del Folklorista", en memoria del natalicio de Don Andrés Chazarreta, pionero de la recopilación y difusión del folklore argentino. Es una declaración honorífica de reconocimiento a quienes cultivan la música y las tradiciones folklóricas.

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