Resumen ejecutivo
El trabajo en la pesca es de los más riesgosos: largas jornadas embarcado, condiciones duras y accidentes frecuentes. El Convenio 188 de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado en Ginebra el 15 de junio de 2007 (54 artículos y 3 anexos), fija estándares mínimos para los pescadores: de trabajo escrito, edad mínima, horas de descanso, alojamiento y alimentación a bordo, atención médica, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social. Esta ley lo aprueba, extendiendo al sector pesquero las protecciones laborales básicas.Objetivo
Garantizar condiciones dignas de trabajo, seguridad y protección social a los trabajadores del sector pesquero.Problema que resuelve
Los trabajadores de la pesca quedaban al margen de muchas protecciones laborales por las particularidades del trabajo embarcado.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes