Los beneficios
correspondientes a planes o programas caracterizados como de ayuda
social e implementados por el gobierno nacional serán abonados de
acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la presente.
Qué significa en la práctica
Los beneficios de planes o programas de ayuda social implementados por el gobierno nacional se abonan igualmente mediante la cuenta gratuita del artículo 1.