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Ley 26.719

VigenteNacional

Acuerdo de intercambio de pasantes con Brasil

Sanción:30 de noviembre de 2011BO:2 de enero de 2012Ver fuente oficial
2artículos
pasantíascooperación educativamovilidadBrasil
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El acuerdo (Buenos Aires, 14 de agosto de 2001, 6 artículos) habilita a nacionales de la Argentina y de Brasil a realizar pasantías de formación y experiencia profesional en el otro país, con reglas comunes sobre duración, condiciones y documentación. Es un instrumento de cooperación educativa y laboral que facilita la movilidad de jóvenes profesionales y estudiantes entre ambos países.

Objetivo

Aprobar el acuerdo de intercambio de pasantes con Brasil.

Problema que resuelve

Faltaba un marco bilateral que ordenara y facilitara las pasantías de formación de argentinos en Brasil y de brasileños en la Argentina.

A quiénes alcanza

estudiantesjóvenes profesionalesempresas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los Estados y las instituciones participantes deben cumplir las condiciones, plazos y documentación que fija el acuerdo para las pasantías.

Derechos que reconoce

  • Los nacionales de cada país tienen derecho a acceder a pasantías de formación en el otro país dentro del marco del acuerdo.

Casos de uso

  • Un joven profesional argentino realiza una pasantía de formación en Brasil bajo las reglas del acuerdo.

Preguntas frecuentes

Un convenio bilateral con Brasil que ordena y facilita el intercambio de pasantes entre ambos países.