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Ley 26.742

VigenteNacional

Muerte digna: derecho a rechazar tratamientos y soporte vital

Sanción:9 de mayo de 2012BO:24 de mayo de 2012Ver fuente oficial
8artículos
muerte dignaderechos del pacienteconsentimiento informadodirectivas anticipadascuidados paliativos
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Conocida como Ley de Muerte Digna, reforma la Ley de Derechos del Paciente de Derechos del Paciente. Reconoce que toda persona con una enfermedad irreversible, incurable o en estadio terminal tiene derecho a rechazar procedimientos quirurgicos, de reanimacion artificial, de hidratacion o alimentacion y el retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas o produzcan un sufrimiento desmesurado. Amplia el consentimiento informado, incorpora el derecho a cuidados paliativos, regula las directivas anticipadas (excluyendo la eutanasia) y exime de responsabilidad al profesional que cumple la ley. No autoriza la eutanasia ni el suicidio asistido.

Objetivo

Garantizar el derecho del paciente a una muerte digna, rechazando tratamientos que solo prolonguen artificialmente un estadio terminal.

Problema que resuelve

No habia una regla clara que permitiera al paciente terminal rechazar el encarnizamiento terapeutico, y los medicos temian responsabilidad legal.

A quiénes alcanza

pacientes terminalesfamiliares y representantesmedicos e instituciones de salud
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El profesional debe acatar la decision del paciente de aceptar o rechazar tratamientos y dejar constancia en la historia clinica.
  • El medico debe respetar las directivas anticipadas, salvo las que impliquen practicas eutanasicas, que se tienen por inexistentes.

Derechos que reconoce

  • Derecho del paciente con enfermedad terminal o irreversible a rechazar reanimacion, soporte vital, hidratacion y alimentacion desproporcionados.
  • Derecho a recibir cuidados paliativos integrales.
  • Derecho a dejar directivas anticipadas sobre su salud.

Casos de uso

  • Un paciente con una enfermedad incurable pide que no lo conecten a un respirador ni le prolonguen artificialmente la vida: la ley ampara ese rechazo y el medico que lo acata no incurre en responsabilidad.

Preguntas frecuentes

No. Autoriza a rechazar tratamientos y soporte vital desproporcionados en enfermedades terminales o irreversibles, pero excluye expresamente las practicas eutanasicas, que se tienen por inexistentes.