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Ley 26.747

VigenteNacional

Acuerdo de intercambio de información tributaria con Costa Rica

Sanción:23 de mayo de 2012BO:7 de junio de 2012Ver fuente oficial
2artículos
intercambio de informacióntributosevasióncooperación fiscal
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El acuerdo (San José, 23 de noviembre de 2009, 10 artículos) permite a las administraciones tributarias de la Argentina y Costa Rica pedir e intercambiar información (bancaria, societaria, contable y de titularidad) para verificar el correcto pago de impuestos. Forma parte de la red de acuerdos que la Argentina firmó para combatir la evasión y la elusión fiscal internacional y el uso de jurisdicciones opacas.

Objetivo

Aprobar el acuerdo de intercambio de información tributaria con Costa Rica.

Problema que resuelve

El fisco argentino no podía acceder a información de contribuyentes y activos localizados en Costa Rica para controlar la evasión.

A quiénes alcanza

contribuyentesadministraciones tributariasfisco
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las administraciones tributarias deben suministrar, a requerimiento, la información prevista en el acuerdo, incluso la protegida por secreto bancario.

Derechos que reconoce

  • El fisco argentino tiene derecho a requerir a Costa Rica información para verificar impuestos de contribuyentes argentinos.

Casos de uso

  • El fisco argentino pide a Costa Rica datos bancarios o societarios de un contribuyente argentino investigado por evasión.

Preguntas frecuentes

Para que los fiscos de la Argentina y Costa Rica intercambien información y puedan controlar el correcto pago de impuestos y combatir la evasión.