Resumen ejecutivo
La ley instituye el 24 de agosto de cada año como “Día del Lector”, fecha del natalicio de Jorge Luis Borges (1899), figura central de la literatura argentina y universal. Encomienda al Poder Ejecutivo Nacional realizar en esa fecha actos de divulgación de la lectura y de reconocimiento a la obra de Borges, e invita a provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adherir.Objetivo
Promover la lectura y homenajear a Jorge Luis Borges con una jornada nacional.Problema que resuelve
No existía una fecha nacional dedicada a la promoción de la lectura asociada a la figura de Borges.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes