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Ley 26.756

VigenteNacional

Construcción de un monumento en homenaje al General José de San Martín en Yapeyú (Corrientes)

Sanción:27 de junio de 2012BO:6 de agosto de 2012Ver fuente oficial
6artículos
San MartínmonumentosYapeyúculturaobra pública
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley ordena construir un monumento al General José Francisco de San Martín —representándolo vestido de militar y montado en su caballo— en Yapeyú (Corrientes), localidad donde nació el Libertador. El Poder Ejecutivo debe acordar con Corrientes la cesión del predio; la Secretaría de Cultura de la Nación es la y, dentro de los 60 días de promulgada la ley, debe llamar a concurso público de escultores argentinos y convocar un jurado ad honorem. Los gastos se imputan al presupuesto nacional según el avance de la obra. A diferencia de una simple efeméride, esta ley crea obligaciones concretas de gestión y gasto.

Objetivo

Erigir un monumento nacional a San Martín en su localidad natal mediante concurso público.

Problema que resuelve

Yapeyú, cuna de San Martín, no contaba con un monumento nacional al Libertador dispuesto por ley.

A quiénes alcanza

Estado nacionalprovincia de Corrientesescultoressector cultural
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo nacional debe acordar con la provincia de Corrientes la cesión de un predio en Yapeyú para emplazar el monumento.
  • La Secretaría de Cultura de la Nación, dentro de los 60 días de promulgada la ley, debe llamar a concurso público de escultores argentinos y convocar un jurado ad honorem de tres escultores para elegir el diseño.
  • Los gastos de la obra se imputan al presupuesto de la administración nacional en los ejercicios sucesivos, según el avance físico de las obras.

Casos de uso

  • Un escultor argentino que quiere presentarse al concurso público para el diseño del monumento.

Preguntas frecuentes

En Yapeyú (Corrientes), localidad natal del General San Martín (art. 1).