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Ley 26.762

VigenteNacional

Autorización de entrada de tropas y salida de fuerzas para los ejercicios «Río V» y «Tanque 12»

Sanción:22 de agosto de 2012BO:6 de septiembre de 2012Ver fuente oficial
2artículos
ejercicios militares combinadostropas extranjerasfuerzas armadasdefensa
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El artículo 75 inciso 28 de la Constitución reserva al Congreso permitir la entrada de tropas extranjeras y la salida de las fuerzas nacionales. Con esta ley el Congreso autoriza dos ejercicios militares combinados concretos: «Río V» y «Tanque 12». El detalle de cada uno (países participantes, efectivos, medios y lugar) figura en los Anexos I y II, que integran la ley.

Objetivo

Autorizar la participación en los ejercicios militares combinados «Río V» y «Tanque 12», como exige la Constitución.

Problema que resuelve

Sin ley del Congreso las Fuerzas Armadas no pueden recibir tropas extranjeras ni salir del país para ejercicios combinados.

A quiénes alcanza

Fuerzas Armadas argentinastropas extranjerasPoder Ejecutivo nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La entrada de tropas extranjeras y la salida de fuerzas nacionales solo queda autorizada para los ejercicios «Río V» y «Tanque 12» detallados en los Anexos I y II: la autorización es taxativa (art. 1°).
  • Cada ejercicio debe ajustarse a lo detallado en su anexo —países participantes, efectivos y medios y lugar de realización—, que forma parte integrante de la ley (art. 1°).

Casos de uso

  • Verificar los términos en que se autorizaron los ejercicios combinados «Río V» y «Tanque 12» de 2012.
  • Identificar qué ejercicios militares combinados contaron con autorización legislativa en 2012.

Preguntas frecuentes

La entrada de tropas extranjeras y la salida de fuerzas nacionales para participar de los ejercicios militares combinados «Río V» y «Tanque 12» (art. 1°).