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Ley 26.779

VigenteNacional

Convenio con México de reconocimiento mutuo de títulos de educación superior

Sanción:31 de octubre de 2012BO:27 de noviembre de 2012Ver fuente oficial
2artículos
reconocimiento de títuloseducación superiorcooperación académicaintegración
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Aprueba el Convenio de reconocimiento de títulos, diplomas y grados académicos de educación superior entre la Argentina y los Estados Unidos Mexicanos (Ciudad de México, 30/05/2011). Fija un marco para que ambos países reconozcan recíprocamente los estudios y títulos de educación superior del otro a efectos académicos y de continuación de estudios. El reconocimiento no habilita automáticamente el ejercicio profesional, que sigue sujeto a la regulación de cada Estado.

Objetivo

Aprobar el convenio de reconocimiento de títulos de educación superior con México.

Problema que resuelve

Sin un convenio, quien cursó estudios superiores en el otro país enfrentaba trámites inciertos para que se los reconocieran; el convenio ordena y facilita ese reconocimiento a fines académicos.

A quiénes alcanza

egresados universitariosestudiantesuniversidadesEstado nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Cada país debe reconocer, a efectos académicos, los títulos, diplomas y grados de educación superior otorgados por instituciones reconocidas del otro país, conforme al procedimiento del convenio.

Derechos que reconoce

  • Los titulados de educación superior de la Argentina y de México tienen derecho al reconocimiento recíproco de sus estudios y títulos a fines académicos y de continuación de estudios.

Casos de uso

  • Un egresado argentino que quiere cursar un posgrado en México (o viceversa) puede hacer reconocer su título de grado a efectos académicos con base en este convenio.

Preguntas frecuentes

No necesariamente. El reconocimiento es a efectos académicos y de continuación de estudios; el ejercicio profesional sigue sujeto a la matriculación y a las reglas de cada país.