Resumen ejecutivo
Reforma numerosos artículos de la Ley de Ejecución de la Pena e incorpora el artículo 56 ter para establecer un régimen diferenciado en la ejecución de la pena de los condenados por delitos sexuales graves (arts. 119 segundo y tercer párrafo, 120, 124 y 125 del Código Penal de la Nación Argentina). Crea un equipo profesional especializado, exige informes interdisciplinarios y dispositivos electrónicos de control al conceder salidas transitorias, semilibertad, , , prisión discontinua o libertad asistida, y da intervención a la víctima, que debe ser notificada y puede ser escuchada antes de esas decisiones.Objetivo
Reforzar los controles y sumar tratamiento especializado y participación de la víctima en la ejecución de la pena de los condenados por delitos sexuales.Problema que resuelve
La ejecución de la pena no distinguía a los condenados por delitos sexuales, sin tratamiento específico, control electrónico ni voz para la víctima al concederse beneficios de egreso.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes