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Ley 26.839

VigenteNacional

Aceite de Oliva Argentino, Alimento Nacional

Sanción:29 de noviembre de 2012BO:23 de enero de 2013Ver fuente oficial
4artículos
aceite de olivaalimento nacionaloliviculturacódigo alimentarioconsumo interno
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Declara al Aceite de Oliva Argentino como Alimento Nacional. Lo define como el industrializado en el país con aceitunas íntegramente cosechadas en territorio argentino, ajustado al artículo 535 del Código Alimentario Nacional (Ley 18.284). Obliga al Poder Ejecutivo a promover el Aceite de Oliva Argentino en todos los eventos y actividades oficiales, con el objetivo de incrementar el consumo interno y fortalecer sus valores nutricionales y culturales.

Objetivo

Reconocer y promover el Aceite de Oliva Argentino como alimento nacional e incrementar su consumo interno.

Problema que resuelve

El aceite de oliva nacional carecía de un reconocimiento oficial que impulsara su consumo interno y su identidad como producto argentino.

A quiénes alcanza

Productores de aceite de olivasector olivícolaPoder Ejecutivo nacionalconsumidores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo debe promover el Aceite de Oliva Argentino en todos los eventos y actividades culturales, sociales o deportivas de carácter oficial o previstos en las agendas oficiales nacionales, previendo la presencia de su expresión, imagen e isologo (artículo 3°).

Casos de uso

  • Fundamentar la promoción oficial del Aceite de Oliva Argentino en eventos del Estado
  • Identificar la definición legal de Aceite de Oliva Argentino

Preguntas frecuentes

Declara al Aceite de Oliva Argentino como Alimento Nacional (artículo 1°).