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Ley 26.841

VigenteNacional

Autorización de salida de tropas para la Misión de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH)

Sanción:19 de diciembre de 2012BO:14 de enero de 2013Ver fuente oficial
2artículos
MINUSTAHHaitímisión de pazNaciones Unidassalida de tropas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

En ejercicio de la atribución del Congreso de permitir la salida de fuerzas nacionales fuera del país (art. 75 inc. 28 de la Constitución), la ley autoriza a que medios, personal militar y de seguridad —y personal de ayuda humanitaria y desarrollo— salgan del territorio nacional para participar en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH). La autorización es por dos años a partir del 1° de julio de 2012 y se ajusta al detalle del Anexo I. La MINUSTAH fue el despliegue de cascos azules de la ONU en Haití iniciado en 2004, en el que la Argentina participó de forma continuada.

Objetivo

Autorizar la participación argentina en la misión de paz de la ONU en Haití (MINUSTAH) por dos años.

Problema que resuelve

La salida de fuerzas nacionales del territorio requiere autorización del Congreso; sin ella, la continuidad de la participación argentina en la MINUSTAH no tenía respaldo legal para el período.

A quiénes alcanza

Fuerzas Armadasfuerzas de seguridadpersonal desplegado en la MINUSTAH
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La salida de medios y personal debe ajustarse a lo detallado en el Anexo I de la ley y limitarse al plazo de dos años a partir del 1° de julio de 2012.

Casos de uso

  • Alguien quiere conocer el fundamento legal de la participación argentina en la MINUSTAH.
  • Un investigador de política exterior busca la autorización del Congreso para el despliegue en Haití.

Preguntas frecuentes

La salida del territorio nacional de medios, personal militar y de seguridad y personal de ayuda humanitaria para participar en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH).