Ley 26.842

Artículo 29Reglamentación

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días de su promulgación.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo tiene 90 días desde la promulgación de la ley para dictar la reglamentación que establece cómo se aplica en concreto cada disposición.

Efectos prácticos

  • La reglamentación fue dictada mediante Decreto 111/2015
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