Artículo 1Aprobación del Memorándum de Entendimiento con Irán sobre la causa AMIA
Texto oficial
Apruébase el “Memorándum de Entendimiento entre el
Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República
Islámica de Irán sobre los temas vinculados al ataque terrorista a la
sede de la AMIA en Buenos Aires el 18 de julio de 1994”, que consta de
nueve (9) artículos cuya fotocopia autenticada en idiomas farsi,
español e inglés, forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Islámica de Irán sobre los temas vinculados al ataque terrorista contra la sede de la AMIA (Buenos Aires, 18 de julio de 1994), que consta de nueve artículos. El memorándum preveía la creación de una Comisión de la Verdad integrada por juristas internacionales y un mecanismo para que las autoridades judiciales argentinas pudieran tomar declaración, en Teherán, a las personas de nacionalidad iraní respecto de las cuales la justicia argentina había ordenado su captura. Conforme su artículo 6, el instrumento debía entrar en vigor una vez que ambos Estados se notificaran, por vía diplomática, el cumplimiento de sus procedimientos internos. El texto autenticado, en farsi, español e inglés, se incorpora como anexo de la ley.