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Ley 26.849

VigenteNacional

Aumento de la cuota de la Argentina en el Fondo Monetario Internacional

Sanción:17 de abril de 2013BO:10 de mayo de 2013Ver fuente oficial
8artículos
FMIcuotaDerechos Especiales de GiroDecimocuarta Revision de Cuotasenmiendas del Convenio del FMIBanco Central
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley aprueba el aumento de la cuota de la Republica Argentina en el Fondo Monetario Internacional (FMI) en el marco de la Decimocuarta Revision General de Cuotas del organismo. La cuota es el aporte de capital de cada pais miembro y determina, a la vez, su poder de voto y el limite de financiamiento al que puede acceder. El aumento aprobado es de DEG 1.070,2 millones (Derechos Especiales de Giro, la unidad de cuenta del FMI); una vez que la Decimocuarta Revision entre en vigencia, la cuota argentina se eleva a DEG 3.187,3 millones. La ley define como se paga: el 25% en DEG o en monedas de otros paises miembros y el 75% restante en pesos, mediante valores no negociables y letras que emiten el Banco Central y el Ministerio de Economia. Ademas aprueba las Enmiendas Quinta, Sexta y Septima del Convenio Constitutivo del FMI (reforma de la Junta de Gobernadores, ampliacion de la inversion del organismo y reforma de la representacion y participacion) y autoriza al Gobernador argentino ante el FMI a formalizar la aceptacion. Sancionada el 17 de abril de 2013 y promulgada de hecho, publicada en el Boletin Oficial el 10 de mayo de 2013.

Objetivo

Aprobar el aumento de la cuota de la Argentina en el FMI y las enmiendas del Convenio del organismo, y establecer el mecanismo de financiamiento del pago.

Problema que resuelve

La Decimocuarta Revision General de Cuotas del FMI reasigna las cuotas de los paises miembros para reflejar mejor su peso en la economia mundial. Para hacer efectivo su nuevo aporte -y conservar su poder de voto y su acceso al financiamiento del organismo- la Argentina necesitaba una ley que aprobara el aumento, aceptara las enmiendas del Convenio y autorizara las operaciones financieras de pago.

A quiénes alcanza

Estado argentinoBanco Central de la Republica ArgentinaMinisterio de EconomiaFondo Monetario Internacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino debe integrar el aumento de cuota: el 25% en DEG o en monedas de otros paises miembros y el 75% en pesos, mediante valores no negociables y letras que emiten el Banco Central y el Ministerio de Economia.
  • El Banco Central queda autorizado a emitir, en nombre de la Argentina, valores no negociables sin interes y pagaderos a la vista que se entregan al FMI para cancelar el aporte en moneda nacional.

Derechos que reconoce

  • Con el aumento de cuota la Argentina incrementa su aporte de capital en el FMI y, con el, su poder de voto y el limite de financiamiento al que puede acceder como pais miembro.

Casos de uso

  • Integracion del aumento de cuota argentino en el FMI
  • Emision de valores y letras por el Banco Central y el Tesoro para pagar el aporte
  • Aceptacion formal de las Enmiendas Quinta, Sexta y Septima del Convenio del FMI

Preguntas frecuentes

Aprueba el aumento de la cuota de la Argentina en el FMI conforme a la Decimocuarta Revision General de Cuotas -de DEG 1.070,2 millones, elevando la cuota a DEG 3.187,3 millones- y las Enmiendas Quinta, Sexta y Septima del Convenio Constitutivo del organismo (articulos 1 y 6).