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Ley 26.851

VigenteNacional

Transferencia de dominio de un inmueble al Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. Garrahan

Sanción:24 de abril de 2013BO:21 de mayo de 2013Ver fuente oficial
6artículos
transferencia de inmueblesbienes del Estadosaludhospitalescargo y reversión de dominio
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso transfiere sin cargo al Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. Garrahan el de un inmueble del Estado nacional (cuya titularidad respondía a la ex Gas del Estado S.E.), de unos 3.998 m2, con entradas por la Avenida Amancio Alcorta y la calle Mirave de la Ciudad de Buenos Aires. La transferencia lleva cargo: el inmueble debe destinarse a las actividades propias de los fines estatutarios de la Fundación Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. Garrahan; si en diez años no se cumple, la transferencia se retrocede de pleno derecho. La Escribanía General de Gobierno debe escriturar dentro de los 60 días de vigencia de la ley, dejando constancia expresa del cargo, y los gastos corren por cuenta de la beneficiaria.

Objetivo

Dotar al Hospital Garrahan de un inmueble propio en la Ciudad de Buenos Aires afectado a los fines de su Fundación.

Problema que resuelve

El terreno lindero al hospital pertenecía al Estado nacional por su origen en la ex Gas del Estado, sin estar afectado formalmente al Garrahan pese a su utilidad para la actividad hospitalaria.

A quiénes alcanza

Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. GarrahanFundación Hospital de Pediatría Garrahanpacientes pediátricos y sus familiasEstado nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Hospital Garrahan debe destinar el inmueble a las actividades inherentes a los fines estatutarios de la Fundación Hospital de Pediatría Garrahan; si no lo cumple en el plazo de diez años, procede la retrocesión de de pleno derecho.
  • La Escribanía General de Gobierno de la Nación debe escriturar dentro de los sesenta días de vigencia de la ley, dejando constancia expresa del cargo.
  • La totalidad de los gastos que demande la transferencia corre por cuenta de la beneficiaria.

Derechos que reconoce

  • El Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. Garrahan adquiere a título gratuito el del inmueble.

Casos de uso

  • El Hospital Garrahan incorpora un terreno propio lindero para el desarrollo de las actividades de su Fundación.
  • Las familias atendidas en el Garrahan se benefician de la ampliación de espacio afectado por ley a los fines del hospital.

Preguntas frecuentes

Transfiere gratuitamente al Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. Garrahan el de un inmueble del Estado nacional (ex Gas del Estado) de unos 3.998 m2, con entradas por la Avenida Amancio Alcorta y la calle Mirave, en la Ciudad de Buenos Aires.