Resumen ejecutivo
La ley crea el Consejo Federal de Legisladores Comunales de la República Argentina, una entidad pública no estatal con personería jurídica que agrupa a los Concejos Deliberantes y a los concejales (en ejercicio y con cumplido) de todo el país. Su finalidad es fortalecer la y el , representar a los cuerpos legislativos locales, capacitar a los concejales, modernizar los Concejos e intercambiar experiencias legislativas. Regula su integración, sus órganos, su estatuto orgánico, su patrimonio y sus recursos, fija su sede en la Ciudad de Buenos Aires e invita a las provincias a adherir. (El texto usa indistintamente las expresiones “Consejo Federal” y “Foro Federal” de Legisladores Comunales; los artículos operativos crean el Consejo Federal.)Objetivo
Crear una entidad federal que agrupe a los Concejos Deliberantes y concejales del país para fortalecer la .Problema que resuelve
Los cuerpos legislativos comunales carecían de un ámbito institucional federal que los representara y coordinara sus acciones en defensa de la .A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes