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Ley 26.876

VigenteNacional

Día del Trabajador del Estado (27 de junio)

Sanción:3 de julio de 2013BO:6 de agosto de 2013Ver fuente oficial
4artículos
empleo públicoferiadostrabajadores estatales
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Declara en todo el país el 27 de junio como “Día del Trabajador del Estado” y, además del reconocimiento simbólico, le da un efecto laboral concreto: establece esa fecha como día de descanso para los empleados de la administración pública nacional, en el que no se prestan tareas y que se asimila a los feriados nacionales a todos los efectos legales. Invita a provincias y municipios a instaurar el mismo día de descanso en sus administraciones.

Objetivo

Reconocer a los trabajadores estatales con una jornada propia y disponer su descanso.

Problema que resuelve

Los trabajadores del Estado no tenían una fecha propia reconocida por ley ni una jornada de descanso asociada.

A quiénes alcanza

empleados de la administración pública nacionalprovincias y municipiosorganismos estatales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La administración pública nacional no debe prestar tareas el 27 de junio, jornada asimilada a los feriados nacionales a todos los efectos legales (artículo 2°).

Derechos que reconoce

  • Los empleados de la administración pública nacional tienen derecho al 27 de junio como día de descanso, con los efectos de un feriado nacional (artículo 2°).

Casos de uso

  • Determinar si el 27 de junio corresponde como día no laborable para el personal de la administración pública nacional.

Preguntas frecuentes

El Día del Trabajador del Estado, en todo el territorio nacional (artículo 1°).