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Ley 26.877

VigenteNacional

Creación y Funcionamiento de los Centros de Estudiantes

Sanción:3 de julio de 2013BO:6 de agosto de 2013Ver fuente oficial
11artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley reconoce el derecho de los estudiantes a organizarse en centros de estudiantes. Obliga a las autoridades educativas y a las instituciones de nivel secundario, a los institutos de educación superior y a la modalidad de adultos (de gestión estatal, privada, cooperativa y social) a reconocer los centros de estudiantes como órganos democráticos de representación estudiantil, a promover su funcionamiento y a proporcionarles un espacio físico. Los centros surgen por iniciativa de los estudiantes, pueden participar todos los alumnos sin requisitos, se rigen por un estatuto propio con elección por voto secreto y pueden nuclearse en federaciones.

Objetivo

Reconocer y garantizar el funcionamiento de los centros de estudiantes como órganos de representación estudiantil.

Problema que resuelve

La creación y el funcionamiento de los centros de estudiantes dependían de cada institución y no estaban garantizados por una ley nacional.

A quiénes alcanza

estudiantes de nivel secundario y superiorinstituciones educativasautoridades educativas jurisdiccionales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las instituciones educativas y las autoridades jurisdiccionales deben reconocer los centros de estudiantes, promover su funcionamiento y proporcionarles un espacio físico.
  • El Ministerio de Educación y las autoridades jurisdiccionales deben diseñar campañas de difusión para alentar su creación.

Derechos que reconoce

  • Los estudiantes tienen derecho a crear y participar de un centro de estudiantes, sin más requisito que acreditar su condición de estudiantes, y a nuclearse en federaciones.

Casos de uso

  • Un grupo de estudiantes quiere formar el centro de su escuela y busca el respaldo legal.
  • Un directivo consulta qué debe garantizar la institución respecto del centro de estudiantes.

Preguntas frecuentes

El reconocimiento de los centros de estudiantes como órganos democráticos de representación estudiantil y las condiciones para su funcionamiento.