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Ley 26.880

VigenteNacional

Acuerdo de sede con la Corte Permanente de Arbitraje

Sanción:3 de julio de 2013BO:9 de agosto de 2013Ver fuente oficial
2artículos
arbitraje internacionalacuerdo de sedesolución de controversiasCorte Permanente de Arbitraje
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Argentina aprueba el Acuerdo de Sede con la Corte Permanente de (CPA), organización intergubernamental creada en 1899 con sede en La Haya que administra procedimientos de y entre Estados, y entre Estados y particulares. El acuerdo, suscripto en La Haya el 12 de mayo de 2009 y de diecisiete artículos, establece el marco jurídico —privilegios e inmunidades funcionales incluidos— para que la CPA pueda desarrollar procedimientos arbitrales en territorio argentino. La ley aprueba el tratado; su entrada en vigor internacional depende de los procedimientos previstos en el propio acuerdo.

Objetivo

Habilitar y regular la actuación de la Corte Permanente de en territorio argentino mediante un acuerdo de sede.

Problema que resuelve

No existía un marco que permitiera a la Corte Permanente de llevar adelante procedimientos arbitrales en el país con las garantías propias de un organismo internacional.

A quiénes alcanza

Estadosempresas e inversores en litigios internacionalesárbitros y organismos de arbitraje
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Compromete al Estado argentino a otorgar a la Corte Permanente de el marco jurídico acordado (incluidos privilegios e inmunidades funcionales) para desarrollar procedimientos arbitrales en el país.

Derechos que reconoce

  • Que la Corte Permanente de pueda administrar arbitrajes y conciliaciones en territorio argentino conforme al acuerdo.

Casos de uso

  • Un entre Estados, o entre un Estado y un inversor, administrado por la Corte Permanente de con actuaciones en Argentina.

Preguntas frecuentes

Es una organización intergubernamental con sede en La Haya, creada en 1899, que administra procedimientos de y entre Estados, y entre Estados y particulares.